Objeto
Solicitud de indemnización por daños materiales y/o personales, derivados de responsabilidad patrimonial de la Administración Municipal.
Quién puede realizar el trámite
Cualquier persona física o jurídica afectada, personalmente o a través de representante.
Requisitos
· No haber transcurrido más de 1 año desde el hecho causante o desde el momento de poder determinar las consecuencias del mismo (en el caso de daños personales el plazo de un año empieza a partir de la fecha del alta médica).
· Los bienes o derechos de la persona solicitante se hayan visto lesionados como consecuencia de responsabilidad administrativa.
Cómo se puede realizar el trámite
· Telemáticamente: a través del botón Nueva instancia situado en la parte inferior de esta página.
En el caso de que la persona solicitante sea PERSONA JURÍDICA O SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar de esta forma.
· Presencialmente en las oficinas del Ayuntamiento.
Documentación a presentar
· Instancia cumplimentada y firmada por la persona interesada indicando:
o Nombre, dos apellidos y documento de identificación de la persona interesada y, en su caso, de la persona que lo represente.
o Dirección a efectos de notificaciones.
o Teléfono de contacto.
o Se especificarán con toda claridad las lesiones o daños, la relación de la causa de estas con el funcionamiento de los servicios públicos, la evaluación económica, el momento, lugar y circunstancias de producción del daño, y la petición de indemnización.
· Se acompañarán cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunos, como:
o Parte de la Policía Municipal, si ha intervenido.
o Testigos.
o Fotos del lugar o del hecho.
o Parte médico, en su caso.
o Evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, aportando facturas o informes periciales, en su caso
o Todo tipo de información que atestigüe el hecho.
· EN RECLAMACIONES POR DAÑOS EN VEHÍCULOS:
o Fotocopia del carnet de conducir.
o Permiso de circulación, ITV y seguro en vigor.
o Factura o presupuesto de reparación del vehículo.
La documentación presentada será original, o copia que será cotejada con el original en la propia unidad tramitadora.
Cómo y cuándo se resuelve
El plazo de resolución del expediente es 6 meses desde la fecha de solicitud, considerándose el silencio administrativo como NEGATIVO.